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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2001-14418
Ley 10/2001, de Salud de Extremadura
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2001/07/25
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Los servicios sanitarios en Extremadura se ordenarán en los siguientes niveles, que actuarán bajo criterios de coordinación y cooperación:
a) Atención primaria.
b) Atención especializada, tanto en el ámbito hospitalario como extrahospitalario.
2. Participando de ambos niveles de atención, se prestará la atención a las urgencias y emergencias sanitarias y a la atención sociosanitaria.