2. La acción preventiva se planificará a partir de una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la salud del personal, que se realizará, con carácter general, teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad que se desarrolle, las características de los servicios en cuanto a la posibilidad de establecer medidas de prevención de riesgos laborales y las actividades preventivas desarrolladas hasta la fecha del estudio. Esta evaluación será actualizada periódicamente o cuando cambien las condiciones de dichas actividades y será revisada, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la seguridad y la salud que se han producido.