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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2009-1174
Ley de educación de Cantabria
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2009/01/24
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. La Consejería de Educación, en el marco general recogido para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, en el Capítulo I del Título II de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, promoverá las siguientes actuaciones:
a) La formación del profesorado y de otros profesionales relacionada con el tratamiento del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
b) La colaboración con otras Administraciones o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, instituciones o asociaciones para facilitar la escolarización y una mejor incorporación de este alumnado al centro educativo, así como para contribuir a mejorar la atención a sus necesidades educativas.
c) La regulación del procedimiento para identificar las necesidades específicas de apoyo educativo del alumnado con integración tardía en el sistema educativo.
d) La Administración educativa favorecerá la formación en los centros educativos de equipos docentes implicados en la atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y en el desarrollo de proyectos para la atención del alumnado con necesidad educativa específica, programas destinados a la compensación de desigualdades en educación, atención al alumnado con incorporación tardía en el sistema educativo o al que presenta altas capacidades intelectuales.
2. Además, al finalizar cada curso se evaluarán los resultados conseguidos por cada uno de los alumnos en función de los objetivos propuestos a partir de la valoración inicial. Dicha evaluación permitirá proporcionarles la orientación adecuada y modificar el plan de actuación así como la modalidad de escolarización, de modo que pueda favorecerse, siempre que sea posible, el acceso del alumnado a un régimen de mayor integración. En caso de ser necesario, esta decisión podrá adoptarse durante el curso escolar a instancias del equipo docente, que podrá proponer la revisión de la modalidad de escolarización a iniciativa propia o a petición de los padres, madres o representantes legales del alumno.
1. Con el fin de facilitar la integración y el progreso educativo en el curso correspondiente del alumnado que se incorpore tardíamente al sistema educativo, la Consejería de Educación promoverá el desarrollo de planes y programas específicos para atender las necesidades educativas de los alumnos que presentan graves carencias lingüísticas en lengua castellana o en sus competencias o conocimientos básicos.
2. Los centros educativos desarrollarán, en el marco de los planes y programas señalados en el apartado anterior, medidas y actuaciones para atender las necesidades educativas de este alumnado en el sistema educativo en el marco del plan de atención a la diversidad de cada centro. La Consejería de Educación arbitrará procedimientos para que los centros educativos cuenten con el asesoramiento por parte de profesionales con una formación específica en la atención a este alumnado.
3. El desarrollo de estos planes y programas en los centros educativos será, en todo caso, simultáneo a la escolarización de los alumnos en los grupos ordinarios, conforme al nivel y evolución de su aprendizaje.
4. La Consejería de Educación adoptará las medidas necesarias para que los padres o tutores del alumnado que se incorpora tardíamente al sistema educativo reciban la información y el asesoramiento necesario sobre el sistema educativo, así como los derechos, deberes y oportunidades que comporta la incorporación al mismo, de modo que se favorezca su participación en el ámbito educativo.
5. El enfoque intercultural debe ser el referente para que los centros educativos desarrollen los planes y programas que la Consejería de Educación establezca, con el objetivo de dar una respuesta a las necesidades educativas del alumnado con integración tardía en el sistema educativo y, al mismo tiempo, desarrollar una competencia intercultural en todo el alumnado.