Se entiende por recaudación líquida, el conjunto de ingresos líquidos de la Hacienda Estatal, antes de descontar la participación de las Comunidades Autónomas de régimen común, con criterio de caja, por los conceptos que integran el Impuesto sobre la Electricidad, obtenidos una vez deducidas de la recaudación bruta, las devoluciones establecidas en la normativa tributaria.