e) Modificación significativa: los cambios en establecimientos, actividades, infraestructuras o edificios que reducen sus condiciones de seguridad, que pueden ser en las condiciones de acceso para la intervención de los servicios de socorro, en las condiciones de resistencia al fuego de elementos constructivos, en las condiciones de sectorización y combustibilidad de materiales, en las condiciones de ocupación o de evacuación o en las condiciones de las instalaciones de protección contra incendios y de otras instalaciones, o cualquier otra variación que provoque una exigencia superior en las condiciones de prevención y seguridad en materia de incendios.