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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2011-399
Ley 7/2010, de protección contra la contaminación acústica de Aragón
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2011/01/08
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Es objeto de esta Ley prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica para evitar y reducir los daños que de esta puedan derivarse para la salud humana, los bienes o el medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón, mediante el establecimiento de niveles, objetivos e índices de calidad acústica.
2. La presente Ley tiene como finalidad la plena realización de los derechos de quienes residan o se encuentren en la Comunidad Autónoma de Aragón a disfrutar de un medio ambiente equilibrado, sostenible y respetuoso hacia la salud, a la protección ante las distintas formas de contaminación, a la protección de la intimidad personal y familiar y a una adecuada calidad de vida.
1. Están sujetos a esta Ley todos los emisores acústicos, sean de titularidad pública o privada, así como las edificaciones en su calidad de receptores acústicos siempre que ambos se encuentren en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
2. En el caso de las actividades domésticas o los comportamientos de los vecinos de los municipios aragoneses, se aplicará cuando la contaminación acústica producida por aquellos supere los límites tolerables, todo ello de conformidad con lo regulado en las ordenanzas municipales, los usos locales y la presente Ley.
3. Están excluidos de la aplicación de esta Ley los siguientes emisores acústicos:
a) Las actividades militares, que se regirán por su legislación específica.
b) La actividad laboral, que en lo relativo a la contaminación acústica, producida en el lugar de trabajo, se regirá por lo dispuesto en la legislación laboral.
Las definiciones de los conceptos técnicos previstos por la presente Ley son las recogidas en el anexo I, sin perjuicio de lo que a tal efecto se establece en la legislación básica estatal sobre la materia y en su caso, en la normativa técnica aplicable.