KnowledgeCake
disposiciones consolidadas:
BOE-A-2011-13118
Ordenación general de la formación profesional del sistema educativo
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2011/07/30
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Educación
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Url doc
Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
1. En estos programas formativos se indicará el perfil profesional y las ocupaciones de referencia. Estarán configurados por algunos de los módulos profesionales de los títulos de formación profesional o de los programas de cualificación profesional inicial asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
2. Estos programas se impartirán en el centro que ya esté autorizado para impartir los títulos o programas de cualificación profesional inicial de referencia.
3. Estos programas podrán incluir formación complementaria no referida al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales para adaptarse a las necesidades del colectivo al que van destinados. Esta formación complementaria seguirá la estructura modular y sus objetivos estarán definidos en resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y contenidos.
4. Los módulos profesionales superados tendrán carácter acumulable para la obtención de un título de formación profesional.
5. La duración será variable según las necesidades de los colectivos a los que vayan destinados y a los módulos profesionales incluidos en los mismos.
6. Todos los módulos tendrán asignado un profesor con la atribución docente establecida para el módulo profesional correspondiente.