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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2011-17975
Relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2011/11/17
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Trabajo e Inmigración
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. El trabajador tendrá los derechos y deberes laborales establecidos en el presente real decreto y en los artículos 4 y 5 del Estatuto de los Trabajadores.
2. El empleador está obligado a cuidar de que el trabajo del empleado de hogar se realice en las debidas condiciones de seguridad y salud, para lo cual adoptará medidas eficaces, teniendo debidamente en cuenta las características específicas del trabajo doméstico. El incumplimiento grave de estas obligaciones será justa causa de dimisión del empleado.