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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2012-549
Ley de los medios públicos de comunicación audiovisual de Galicia
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2012/01/14
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. El mandato de los miembros del consejo de administración es de cinco años, contados desde su nombramiento.
2. El mandato es renovable por una sola vez.
3. Agotado el mandato, los miembros del consejo de administración continúan en el ejercicio de sus funciones hasta la toma de posesión de los nuevos consejeros.