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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2012-11415
Ley de vivienda de Galicia
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2012/09/08
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Las administraciones públicas impulsarán acciones, planes y programas orientados a favorecer el acceso a la vivienda en régimen de alquiler. Su régimen de compatibilidades y los límites cuantitativos de estos deberán establecerse reglamentariamente.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las administraciones públicas podrán adoptar medidas dirigidas a impulsar la puesta en el mercado de viviendas en alquiler, con los objetivos prioritarios de movilizar las viviendas vacías y de favorecer el acceso a la vivienda a colectivos singulares, en particular colectivos sociales especialmente desfavorecidos, vulnerables o en situación de exclusión social, mujeres víctimas de violencia de género, personas mayores y personas jóvenes que pretendan acceder a la vivienda por primera vez.
3. Las administraciones públicas podrán, asimismo, fomentar el acceso a la propiedad de las viviendas a través de programas de apoyo al alquiler con opción de compra, de tal manera que la persona inquilina pueda acabar adquiriendo la vivienda que tiene arrendada, deduciendo del precio de venta una parte de los importes satisfechos en concepto de renta.