Las tasas aplicables por la realización de actividades y la prestación de servicios por la CNMV se regirán por lo establecido en la presente Ley y, en su defecto, por la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos y por la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.