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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2014-12408
Ley 29/2014, de Régimen del Personal de la Guardia Civil
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2014/11/29
Rango:
Ley
Departamento:
Jefatura del Estado
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Se podrá efectuar reconocimiento de formación de asignaturas o grupo de ellas similares en créditos y contenidos, cursadas en el Sistema Educativo Español, en las Fuerzas Armadas, o en centros docentes de otros cuerpos policiales y las cursadas en la enseñanza de la Guardia Civil, según se determine reglamentariamente.
2. A los miembros de la Guardia Civil se les expedirán aquellos diplomas o certificaciones que acrediten los cursos superados, las actividades desarrolladas y las especialidades adquiridas. Podrán obtener las convalidaciones, homologaciones, reconocimientos y equivalencias vigentes con títulos oficiales del Sistema Educativo Español de conformidad con la regulación reglamentaria que se establezca.