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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2015-1239
Ley 10/2014, de Salud de la Comunitat Valenciana
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2015/02/10
Rango:
Ley
Departamento:
Comunitat Valenciana
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. El Sistema Valenciano de Salud garantizará el ejercicio y desarrollo de los derechos y el cumplimiento de los deberes que se derivan del derecho básico a la protección de la salud.
2. El Sistema Valenciano de Salud integra todos los fines, actividades y prestaciones sanitarias que, de acuerdo con lo previsto en la normativa estatal básica, son responsabilidad de la Generalitat para el debido cumplimiento del derecho a la protección de la salud.
3. En el cumplimiento de sus fines, el Sistema Valenciano de Salud velará por:
a) La atención integral de la salud, tanto de la salud física como la mental, comprensiva de la promoción y protección de la salud, la prevención de la enfermedad, la asistencia sanitaria, la curación, la rehabilitación, la atención a la cronicidad y los cuidados paliativos.
b) La coordinación de todos sus recursos sanitarios y de éstos con los recursos sociosanitarios, para favorecer, entre otros aspectos, la detección de situaciones de violencia de género o de maltrato infantil, a personas mayores o con discapacidad.
c) La prestación en el ámbito de la Comunitat Valenciana de los servicios comprendidos en la cartera de servicios del Sistema Valenciano de Salud.
d) La instauración y desarrollo de los sistemas de información sanitaria necesarios para el cumplimiento de sus fines.
e) El establecimiento de sistemas de control y evaluación de la calidad en los diferentes centros, servicios y establecimientos de atención sanitaria o sociosanitaria y de salud pública, los cuales reunirán las condiciones adecuadas de accesibilidad.
4. Son actividades básicas del Sistema Valenciano de Salud, entre otras, las siguientes:
a) La vigilancia y el seguimiento del estado de salud de la población, tanto de la salud física como de la salud mental.
b) El diagnóstico de la situación de salud de la comunidad.
c) El análisis de la asociación entre los factores de riesgo y los problemas de salud, especialmente en los colectivos sociales más vulnerables.
d) La promoción, la información y la educación para la salud de la población.
e) El fomento de la participación social y el fortalecimiento del grado de control de las personas sobre su propia salud.
f) La prevención y control de los riesgos para la salud de la comunidad.
g) La prevención y control de las enfermedades y las situaciones de emergencia sanitaria.
h) El desarrollo de planes, programas, protocolos y guías en materia de salud.
i) El diagnóstico y tratamiento de las distintas patologías.
j) El fomento de la defensa de la salud en las políticas intersectoriales.
k) La evaluación de la efectividad, accesibilidad, calidad y equidad de los servicios, así como su inspección y auditoría.
l) La rehabilitación, tanto en procesos agudos, como en situaciones de cronicidad.
m) La formación y docencia en el ámbito de la salud.
n) La investigación e innovación sanitaria.