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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2015-1952
Ley de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2015/02/26
Rango:
Ley
Departamento:
Comunitat Valenciana
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Corresponde a las personas titulares de las consellerias autorizar los gastos y efectuar la disposición de crédito de los servicios propios a su cargo, salvo los casos reservados por la ley a la competencia del Consell. Asimismo, les corresponde reconocer las obligaciones y proponer a la persona titular de la conselleria con competencia en materia de hacienda la ordenación de los correspondientes pagos.
2. Con la misma salvedad legal, corresponde a las personas que ostenten la presidencia o dirección, en caso de no existir presidencia, de los entes con presupuesto limitativo la autorización, disposición, así como el reconocimiento de las obligaciones correspondientes.
3. Las facultades a las que se refieren los números anteriores podrán desconcentrarse mediante decreto o delegarse en los términos previstos reglamentariamente.