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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2015-13057
RD 1060/2015, ordenación y solvencia de entidades aseguradoras y reaseguradoras
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2015/12/02
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. En cuanto al ámbito objetivo:
a) Tendrán la consideración de actividades de seguro aquellas en las que concurran los requisitos previstos en la normativa reguladora del contrato de seguro.
b) No tendrán la consideración de actividades de seguro privado la prestación de servicios profesionales, los contratos de abono concertados para prestar servicios de conservación, mantenimiento, reparación y similares, siempre que en las obligaciones que asuman las partes no figure la cobertura de un riesgo técnicamente asegurable, ni la mera obligación de prestación de servicios mecánicos al automóvil realizada a sus socios por los clubes automovilísticos.