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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2017-11910
Ley 4/2017, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2017/10/17
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. El uso y el aprendizaje de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación oral por personas sordas, con discapacidad auditiva o con sordoceguera se regirá por la Ley 11/2011, de 5 de diciembre, y por la normativa de accesibilidad y no discriminación que les sea de aplicación, sin perjuicio de lo establecido en la presente ley.
2. Las Administraciones Públicas, en la medida de sus competencias, promoverán y favorecerán el uso del sistema braille para garantizar la comunicación accesible de las personas ciegas o con discapacidad visual.