4. Las Administraciones Públicas de Andalucía y sus entes instrumentales promoverán, específicamente, la colaboración con entidades de personas con discapacidad, sin ánimo de lucro, para la realización de actividades formativas al objeto de posibilitar la plena integración de las personas con discapacidad, especialmente en habilidades prelaborales por parte de las personas con discapacidad con mayores necesidades de apoyo en la inserción laboral.