Uno. Las Reservas Nacionales de Caza son zonas geográficamente delimitadas y sujetas a régimen cinegético especial, establecidas por Ley con la finalidad de promover, fomentar, conservar y proteger determinadas especies, subordinando a esta finalidad el posible aprovechamiento de su caza. Corresponde al Ministerio de Agricultura el desarrollo, administración y cuidado de las referidas reservas, así como la ordenación del ejercicio del derecho de caza en los terrenos integrantes de las mismas.