KnowledgeCake
disposiciones consolidadas:
BOE-A-1972-919
Reglamento sobre Préstamo de Libros en las Bibliotecas Públicas
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1972/06/23
Rango:
Orden
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Los diccionarios pequeñas enciclopedias y, en general, los denominados libros de consulta (a salvo lo dicho en 3 d), así como los de texto y estudio, serán igualmente objeto de préstamo. En el caso de que alguno de estos libros sea solicitado con frecuencia, la Biblioteca deberá adquirir un nuevo ejemplar no sujeto a préstamo para su consulta en la sala de lectura. Este mismo criterio deberá seguirse con libros destinados a colecciones especiales, por ejemplo, sobre temas locales, es decir, podrá figurar un ejemplar en la colección no sujeta a préstamo siempre que haya otro que sí lo esté.