La renovación del cargo de Vocal tendrá lugar cada tres años, pero si antes de este plazo cesare en su cargo de Decano alguno de los que forman parte de la Junta de Patronato, la Junta de Decanos eligirá el Decano que haya de ocupar la vacante por todo el tiempo que correspondía desempeñarlo normalmente al sustituido. Asimismo deberá dicha Junta elegir los Notarios que hayan de sustituir, como Vocales, a los que por cualquier causa hayan cesado antes de la renovación estatutaria.