3. El funcionario a quien se encomienda este servicio deberá llamar al número de teléfono indicado por el interno y, una vez puesto al habla el comunicante, pedirá a éste que proceda a llamar al número del Establecimiento en que se encuentre el interno. Recibida la llamada, indicará al interno que puede comenzar la comunicación, cuya duración no puede exceder de cinco minutos, debiendo estar presente el funcionario.