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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1981-14095
Reglamento Penitenciario de 1981
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1981/06/23
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Justicia
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Los actos que pongan de relieve buena conducta, espíritu de trabajo y sentido de la responsabilidad en el comportamiento personal, así como la participación positiva en las actividades asociativas o de otro tipo que se organicen en el establecimiento, serán estimulados con alguna de las siguientes recompensas:
a) Propuesta al Juez de vigilancia a efectos de valoración por el mismo en la concesión de beneficios penitenciarios.
b) Premios en metálico.
c) Donación de libros y otros instrumentos de participación en actividades culturales y recreativas.
d) Notas meritorias, con anotación en el expediente personal del interno.
Cualquier otra de carácter análogo a las anteriores que, en compatibilidad con los preceptos reglamentarios, pudiera otorgarse.
La elección en cada caso de alguna de las anteriores recompensas y su extensión serán determinadas por la Junta de Régimen y Administración del Establecimiento, atendiendo a las circunstancias objetivas y subjetivas así como a la naturaleza de los méritos contraídos.
La concesión de recompensas será anotada en el expediente personal del interno, con expresión de los hechos que las motivaron.