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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1985-26400
Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1985/12/18
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. El inventario general de bienes y derechos de la Comunidad Autónoma se llevará por la Dirección General de Hacienda.
2. El Inventario General comprenderá todos los bienes y derechos de dominio público y privado a los que se refieren los artículos 3 y 4 de esta Ley, excepto aquellos bienes muebles cuyo valor unitario sea inferior a seiscientos euros.
3. Las Consejerías, Organismos y Entes públicos confeccionarán el inventario de los bienes y derechos de que sean titulares, utilicen o tengan adscritos, y proporcionarán a la Dirección General de Hacienda cuantos datos le sean necesarios para la formación y puesta al día del inventario general.