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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1988-16144
Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de Policía
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1988/06/28
Rango:
Orden
Departamento:
Ministerio del Interior
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Los miembros del Consejo de Policía, en el desempeño de su cargo, podrán, a través del Secretario, efectuar las consultas e interesar la expedición de certificaciones de las actas y documentos que obren en poder del mismo.
2. Asimismo, para el mejor cumplimiento de sus funciones, los Consejeros podrán, a través del Presidente, recabar de las Administraciones Públicas los datos, informes o documentos que, teniendo relación con las funciones del Consejo, obren en poder de aquéllas.