KnowledgeCake
disposiciones consolidadas:
BOE-A-1989-19704
Real Decreto sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1989/08/15
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Url doc
Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
La entrega de la Patente de Navegación al Capitán o Patrón de un buque se hará constar por diligencia, en el mismo documento, autorizada por la Autoridad marítima o consular del lugar en que tal entrega se verifique firmando el «recibí» el Capitán, o Patrón.
De esta primera entrega se dará cuenta a la Jefatura Provincial de la Marina Mercante de la provincia marítima de su matrícula, si se verifica fuera de ella, para su anotación en el asiento del buque.