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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1990-645
Ley de organización, procedimiento y régimen jurídico
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1990/01/12
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Son Órganos consultivos de la Administración de la Generalidad aquellos que tienen asignada expresamente funciones de informe, consulta, asesoramiento o propuesta.
Con carácter interdepartamental o dentro de un Departamento se podrán crear Consejos asesores. La composición y funciones de dichos Consejos se determinará en las normas de creación respectivas, y sus informes tendrán carácter no vinculante, salvo disposición en sentido contrario.
La Comisión Jurídica Asesora es el alto Órgano consultivo del Gobierno. Ejerce sus funciones en los términos señalados por su normativa específica.