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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1991-7960
Ley de Patrimonio del Principado de Asturias
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1991/04/02
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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La Consejería de Hacienda, Economía y Planificación inscribirá en los correspondientes Registros, a nombre del Principado de Asturias, los bienes y derechos de éste que, debiendo incluirse en el Inventario General, sean susceptibles de inscripción.
La inscripción de los bienes y derechos a que se refiere el artículo 8.° se llevará a efecto por el órgano de la Administración del Principado de Asturias que los hubiera adquirido.