1. Los proyectos de autopistas, autovías y nuevas carreteras, deberán incluir un estudio de impacto ambiental y deberán ser informados preceptivamente por la Agencia de Medio Ambiente. Las modificaciones del trazado de las carreteras existentes, incluirán desde la fase de estudio previo un análisis y evaluación de los impactos ambientales previsibles.