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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1993-12174
Ley de las aparcerías y los arrendamientos rústicos históricos de Galicia
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1993/05/11
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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En caso de que, llegada la fecha de extinción de los arrendamientos o aparcerías, el arrendatario o aparcero cumpliese los 60 años, se le prorrogaría el contrato de forma excepcional hasta que el titular alcanzase la edad de jubilación.