KnowledgeCake
disposiciones consolidadas:
BOE-A-1994-20934
Reglamento General de Carreteras
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1994/09/23
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
Url doc
Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
1. El Plan de Carreteras del Estado contendrá:
a) La determinación de los fines y objetivos a alcanzar y la prevalencia para su consecución.
b) La definición de los criterios generales aplicables a la programación, proyección, construcción, conservación y explotación de las carreteras y sus elementos funcionales.
c) La descripción y análisis de las carreteras en relación con el sistema general de transportes, modelo territorial y principales variables sociales y económicas.
d) El análisis de las relaciones con los planes de carreteras de otras Administraciones Públicas y con el planeamiento territorial y urbanístico.
e) El análisis general de la incidencia de las actuaciones del Plan en los aspectos medioambientales.
f) Los criterios y medidas generales para la mejora de la seguridad de la circulación vial.
g) La adscripción de los tramos de la Red de Carreteras del Estado a las distintas clases definidas en la legislación estatal.
h) La determinación de los medios económicos, financieros y organizativos necesarios para el desarrollo y ejecución del Plan, así como para garantizar la conservación y explotación del patrimonio viario.
i) La definición de los criterios para la revisión del Plan.
2. Los programas de carreteras del Estado contendrán:
a) La determinación de los fines y objetivos a alcanzar, y la prevalencia para su consecución.
b) La determinación de la parte de la red estatal a la que afectan los programas.
c) La definición de los criterios generales aplicables a la programación, proyección, construcción, conservación y explotación de las carreteras incluidas en los programas y de sus elementos funcionales.
d) La determinación de los medios económicos, financieros y organizativos necesarios para el desarrollo y ejecución del programa.
e) El análisis general de la incidencia de las actuaciones de los programas en los aspectos ambientales y de seguridad vial.
f) La definición de los criterios para la revisión del programa.