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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1997-24104
Autorización y requisitos de solvencia de las sociedades de reafianzamiento
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1997/11/12
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Para poder dar comienzo a su actividad, las sociedades de reafianzamiento deberán cumplir las siguientes condiciones:
a) Autorización para la creación de la sociedad otorgada por el Ministro de Economía y Hacienda, previo informe del Banco de España.
b) Constitución en escritura pública e inscripción en el Registro Mercantil.
c) Inscripción en el Registro Administrativo correspondiente del Banco de España.