Una vez obtenida la autorización y tras su constitución e inscripción en el Registro Mercantil, las sociedades de reafianzamiento deberán, antes de iniciar sus actividades, quedar inscritas en el Registro Especial del Banco de España. Igualmente, sus administradores y directivos deberán inscribirse en el Registro de Altos Cargos del Banco de España.