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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1998-19940
Ley de Artesanía de Cantabria
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1998/08/15
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Las actividades artesanales se clasifican en cuatro grupos:
a) Artesanía artística o de creación.
b) Artesanía de bienes de consumo.
c) Artesanía de servicios.
d) Artesanía tradicional o popular de Cantabria.
2. Cada uno de estos grupos podrá ser objeto de un tratamiento específico y diferenciado.
3. Las adscripciones de las actividades artesanales a una o varias de estas categorías se harán mediante un repertorio de actividades artesanas.