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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1999-7740
Ley de Pesca en Aragón
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1999/04/07
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Se constituirán en cotos privados de pesca las masas de agua de dominio privado de conformidad con lo dispuesto en la legislación de aguas, susceptibles de ser habitadas por especies objeto de pesca, y que hayan sido reconocidas como tales.
2. Los cotos privados de pesca, sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones jurídicamente exigibles, devengarán un canon o matrícula anual a favor de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, que será determinado legalmente.