3. El Gobierno de Aragón elaborará, sobre las bases de los censos existentes, una actualización de aquellos para establecer la estimación objetiva del patrimonio cultural de Aragón. Para dicha actuación habrá de contar, además de la colaboración de las entidades científicas, profesionales y educativas, con la información procedente de Ayuntamientos, organismos e instituciones públicas y privadas y asociaciones que existan en el territorio aragonés.