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disposiciones consolidadas:
BOE-A-1999-11708
Ley 7/1999, de atribución de competencias a los Consejos Insulares
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
1999/05/25
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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Corresponden al Gobierno de las Illes Balears las potestades, los servicios, las funciones y las actuaciones genéricas siguientes:
1. Casinos, juegos y apuestas.
2. Espectáculos taurinos.
3. La gestión y ejecución de espectáculos públicos o actividades recreativas, cuando afecten a más de un ente insular.
4. Los espectáculos o actividades recreativas organizados por el Gobierno de las Illes Balears.
5. Representar las Illes Balears en cualquier manifestación extracomunitaria o supracomunitaria.
6. La coordinación con la Administración, general o periférica, del Estado en aquellos aspectos de su actividad reglamentaria normativa que afecten a la seguridad pública.
7. La coordinación de los Consejos Insulares en el ejercicio de las competencias transferidas, de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo VI de la Ley 5/1989, de 13 de abril, de Consejos Insulares.
8. La gestión de las estadísticas autonómicas.
9. La gestión y custodia del Registro de las Illes Balears de empresas y locales en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.