3. Si la infracción está tipificada como muy grave y los responsables hubieran sido sancionados mediante resolución firme en vía administrativa por la comisión de dos infracciones de idéntica tipificación dentro del plazo de un año, o la infracción cause un perjuicio a más de mil personas, la multa que se imponga podrá ser superior a 100.000.000 de pesetas (601.012,10 euros) hasta el límite de 150.000.000 de pesetas (901.518,16 euros), sin perjuicio de la clausura del establecimiento y la revocación de la autorización autonómica o autorización municipal, según los casos.