5. Para la consecución de los objetivos y desarrollo de las funciones del Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española y su adecuada gestión, el Real Patronato sobre Discapacidad podrá celebrar convenios, con organismos públicos de investigación, universidades y con las entidades representativas de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, y de sus familias, en los términos prevenidos por la legislación vigente. Igualmente, y acorde con sus programas de actuación, podrá establecer colaboraciones y acuerdos con organismos públicos de investigación y otras entidades públicas y privadas. Corresponderá en todo caso al Consejo Rector del Centro de Normalización Lingüística de la Lengua de Signos Española proponer a los órganos directivos del Real Patronato la celebración de dichos convenios, valorando su necesidad e idoneidad.