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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2001-17999
Ley de Conservación de la Naturaleza
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2001/09/25
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. La gestión de los espacios incluidos en la Red gallega de espacios naturales protegidos será responsabilidad de la Consejería de Medio Ambiente.
2. Para la gestión de los parques naturales y reservas, la Consejería de Medio Ambiente designará a un director del espacio, a quien le corresponderá la gestión del espacio natural protegido, y, en particular, la elaboración y propuesta de los presupuestos y programas de gestión y la ejecución y desarrollo del plan rector de uso y gestión.
3. La gestión de los espacios de interés local corresponderá a los Ayuntamientos en cuyos términos municipales estén asentados, y la gestión de las áreas privadas de interés natural corresponderá a las entidades o particulares que hayan propuesto su declaración.
En todo caso, la Consejería de Medio Ambiente velará porque aquéllos y éstas cumplan las finalidades recogidas en la declaración.