b) Se determinará el cociente que resulte de dividir el número total de votos obtenidos válidamente por las distintas candidaturas por el de puestos a cubrir. Se adjudicarán a cada lista tantos puestos como números enteros resulten de dividir el número de votos obtenidos por cada lista por el cociente a que se refiere el inciso anterior. Los puestos restantes, si los hubiere, se atribuirán sucesivamente a cada una de las listas cuyo resto, al efectuar la operación anterior, tenga una fracción decimal mayor.