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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2007-11323
Ley de coordinación de policías locales de Galicia
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2007/06/08
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Galicia
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. La duración y contenido de los cursos y programas formativos se determinará reglamentariamente.
2. La asistencia por parte de los miembros de las policías locales a cursos de formación y capacitación profesional habrá de ser autorizada por el alcalde, quien sólo podrá denegar la solicitud de forma motivada y por exigencia del servicio público.
3. Durante su permanencia en la Academia Gallega de Seguridad Pública, los alumnos estarán sujetos a la presente ley y al reglamento de funcionamiento de esta institución.