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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2009-1174
Ley de educación de Cantabria
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2009/01/24
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. En el marco de lo previsto en el artículo 69 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, la Consejería de Educación organizará periódicamente pruebas para obtener directamente el título de Bachiller o alguno de los títulos de Formación profesional, siempre que demuestren haber alcanzado los objetivos establecidos para ambas enseñanzas.
2. La Consejería de Educación promoverá medidas tendentes a ofrecer a todas las personas la oportunidad de acceder a las enseñanzas de Bachillerato o Formación profesional.
3. La Consejería de Educación adoptará las medidas oportunas para que las personas adultas dispongan de una oferta específica de estos estudios organizada de acuerdo con sus características.