Los centros docentes que ofrezcan enseñanzas reguladas en esta Ley se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en el Título IV de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en la presente Ley, y en las disposiciones que le sean de aplicación.