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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2010-4179
Ley de pesca y acción marítimas
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2010/03/13
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. El departamento competente en materia de pesca y acción marítimas ha de crear y gestionar el Registro de centros de actividades marítimas de Cataluña, en el que han de inscribirse los centros náuticos, las academias náuticas, los centros de inmersión y cualquier otro centro establecido por reglamento.
2. La regulación del Registro de centros de actividades marítimas de Cataluña debe establecerse por reglamento.