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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2010-8188
Reglamento de Honores Militares
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2010/05/22
Rango:
Real Decreto
Departamento:
Ministerio de Defensa
Origen:
Estatal
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Al Jefe de Estado Mayor de la Defensa y a los Jefes de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire les corresponden los honores militares de arma presentada e himno nacional en versión breve. En su caso también salva de diecisiete cañonazos y cuatro voces de «¡Viva España!».
2. Les serán rendidos honores en su toma de posesión, en los actos militares que presidan y la primera vez que visiten oficialmente unidades de las Fuerzas Armadas.
1. A los oficiales generales con mando o que ejerzan cargos de dirección o jefatura les corresponden honores con la siguiente gradación:
a) Generales de ejército, almirantes generales o generales del aire, arma presentada e himno nacional en versión breve. En su caso también salva de diecisiete cañonazos y cuatro voces de «¡Viva España!».
b) Tenientes generales y almirantes, arma presentada y marcha de infantes. En su caso también salva de quince cañonazos y tres voces de «¡Viva España!».
c) Generales de división y vicealmirantes, arma sobre el hombro y marcha de infantes. En su caso también salva de trece cañonazos y dos voces de «¡Viva España!».
d) Generales de brigada y contralmirantes, arma descansada y marcha de infantes. En su caso también salva de once cañonazos y una voz de «¡Viva España!».
2. Les serán rendidos honores en su toma de posesión, en los actos militares que presidan y la primera vez que visiten oficialmente unidades a sus órdenes.