1. De conformidad con lo establecido en el apartado 4 del artículo 36 bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas, para garantizar la adecuada cooperación en la aplicación de las normas de protección de las aguas en el ámbito territorial de Andalucía, por decreto del Consejo de Gobierno se creará y se regulará la organización y funcionamiento de la Comisión de Autoridades Competentes, adscrita a la consejería competente en materia de agua.