Corresponde la aplicación de estos cánones y tarifa a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de la delegación a que hace referencia la disposición adicional quinta de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, por la que se crea la Agencia Tributaria de Andalucía y se aprueban medidas fiscales, de acuerdo con la regulación y el procedimiento establecido en la presente norma y en lo no establecido expresamente, de conformidad con la normativa estatal aplicable.