1. La Junta de Extremadura, a través del Instituto de la Mujer de Extremadura, impulsará la elaboración, por las diferentes Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma, de los protocolos referentes a sus respectivas áreas de competencia, que establezcan la concreción y el procedimiento de las actuaciones y garanticen la perspectiva de género y las adecuación de dichas actuaciones a las pautas generales establecidas por la presente ley.