Haga click en el botón del menú vertical para activar el MODO DE SELECCIÓN. Seleccione los fragmentos que desee de cada disposición. Organícelos en un panel. Genere y descargue un documento con toda la información seleccionada, claramente referenciada.
1. Las infracciones leves serán sancionadas con apercibimiento o con multa de hasta 3.000 euros.
2. Las infracciones graves serán sancionadas con multa de 3.001 hasta 20.000 euros. Además, podrán imponerse como sanciones accesorias alguna o algunas de las siguientes:
a) Prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura por un periodo de hasta 3 años.
b) Inhabilitación temporal, por un periodo de hasta 3 años, para ser titular, la persona física o jurídica, de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos.
c) Cierre o suspensión temporal del servicio, actividad o instalación hasta 3 años.
3. Las infracciones muy graves serán sancionadas con multa de 20.001 hasta 45.000 euros, y además podrá imponerse alguna o algunas de las sanciones accesorias siguientes:
a) Prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura por un periodo de 3 a 5 años.
b) Inhabilitación temporal, por un periodo de 3 a 5 años, para ser titular, la persona física o jurídica, de centros o servicios dedicados a la prestación de servicios públicos.
c) Cierre o suspensión temporal del servicio, actividad o instalación hasta 5 años.