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disposiciones consolidadas:
BOE-A-2012-3405
Ley 6/1989, de la Función Pública Vasca
Estado:
VIGENTE
Fecha de Publicación:
2012/03/10
Rango:
Ley
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Origen:
Autonómico
Este documento es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
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1. Los funcionarios de las Administraciones Públicas vascas sólo podrán ser remunerados por los conceptos retributivos que se establecen en la presente ley.
2. Las retribuciones de los funcionarios se dividen en básicas y complementarias.